Estimado Usuario.
Hacemos de su conocimiento que la reforma fiscal para el 2010 del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establece que las
facturas con fecha de 2009, o de años anteriores, que sean pagadas durante los primeros diez días naturales de 2010 estarán sujetas a las disposiciones fiscales aplicables al ejercicio 2009(15% tasa general, 10% tasa zona fronteriza).Cuando el pago de dichas facturas se efectúe con fecha posterior a la mencionada, estarán sujetas a las disposiciones fiscales del 2010 (16% tasa general, 11% tasa zona fronteriza) y por las cuales se expedirá a su solicitud el comprobante fiscal complementario por el 1% del IVA.
Es importante considerar que a partir del 1° de enero del 2010 se facturara con la tasa del IVA del 16% u 11% en zona fronteriza.
En lo referente a la aplicación del IEPS, en tres puntos porcentuales, a partir del 1° de enero del 2010.
Los servicios de telecomunicaciones se gravarán como lo dispone la ley con 3% adicional y se sumarán al precio del servicio.
|
|